Cancillería salvadoreña realiza jornadas extraordinarias para el registro del estado familiar dirigido a la diáspora en Estados Unidos

Los servicios consulares hacia los compatriotas que viven en Estados Unidos continúan fortaleciéndose. En esta ocasión, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha reforzado la atención para la actualización del registro del estado familiar.
Estas jornadas que tendrán una duración de tres meses, consisten en la duplicación de atenciones de este servicio en las oficinas consulares de Duluth, Georgia, Los Ángeles y San Francisco, California; Houston y Dallas, Texas; Plainview, Nueva York; Elizabeth, New Jersey, Silver Spring, Maryland, Woodbridge, Virginia; Charlotte, Carolina del Norte; Chicago e Illinois.
Es importante mencionar que, además, de este reforzamiento, este servicio se otorga de manera permanente en las 28 representaciones consulares en los Estados Unidos. Para ello, se atiende de lunes a viernes de 8 a.m., a 4 p.m. sin cerrar a mediodía.
Esta acción está sustentada en la legislación salvadoreña, la cual estipula al Registro del Estado Familiar a inscribir y actualizar los datos de las personas y núcleo familiar de los salvadoreños tanto en el territorio, así como los que están en el exterior.
Asimismo, en este marco, los funcionarios consulares están facultados para actuar en calidad de registradores de familia y podrán realizar los siguientes registros: de nacimientos, matrimonios, defunciones y sus rectificaciones.
Los registros y los documentos requeridos
- En ese mismo orden de ideas, se tienen en cuenta que, los documentos requeridos para realizar el registro de nacimiento son: certificación de partida de nacimiento extranjera en original; documentos de identificación de ambos padres en original; certificación de partida de nacimiento de ambos padres en original y documento en original vigente del informante (cuando no tenga parentesco con el inscrito).
- Para el registro de matrimonio se debe presentar certificación de partida de matrimonio extranjera en original; documentos de identificación de ambos cónyuges en original; certificación de partida de nacimiento de ambos cónyuges en original y documento en original vigente del informante (cuando no tenga parentesco con los cónyuges).
- Asimismo, para el registro de defunciones es necesario contar con la certificación de partida de defunción extranjera en original; partida de nacimiento de la persona fallecida en original; documentos de identidad de la persona fallecida en original; documentos de identidad del familiar informante en original y documento en original vigente del informante (cuando no tenga parentesco con el fallecido).
Para más consultas puede contactarse con el sistema de Consulado Virtual al +1 800-301-1130 o al número de mensajería instantánea: +503 7070 1071.